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COMUNICADO DE PRENSA OCTUBRE 17 2008 |
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Cobro coactivo de Cajanal EICE a otras Empresas.
En cumplimiento de lo ordenado por la ley 490 de 1998, La Ley 1066 de 2006 y demás disposiciones concordantes, la Caja Nacional de Previsión Social – CAJANAL EICE., emprendió, desde el mes de febrero de 2007, el proceso de revisión de la documentación en su poder a fin de determinar la existencia de obligaciones a favor o a cargo suyo, derivadas de las contribuciones impuestas por la ley, denominadas cuotas partes pensionales, contribuciones a cuyo saneamiento y puesta al día se encuentran obligadas todas las entidades públicas del orden nacional, departamental y municipal .
Con tal objetivo, se conformó un equipo de trabajo que le ha permitido, una vez determinada la existencia de obligaciones a su favor, la iniciación de cobros persuasivos a las entidades que deben concurrir en el pago de las pensiones que ha venido reconociendo CAJANAL EICE.
Sin embargo, ciertas entidades hicieron caso omiso respecto de las gestiones de cobro persuasivo adelantas por CAJANAL EICE, por lo que fue necesario acudir al cobro coactivo de dichas obligaciones. En algunos casos produjo reacción positiva, y en consecuencia, se llego a la suspensión de los términos de ejecución de las medidas cautelares, permitiendo, además, definir los procedimientos para determinar las obligaciones recíprocas, y una vez surtida dicha etapa, proceder a suscribir los acuerdos de pago correspondientes.
Descargue aquí para leer el texto completo de este comunicado. -Octubre 17 de 2008.
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